Pin It

Widgets

TEXTO DEL RECURSO DE IMPUGNACION ENVIADO POR PRE CANDIDATOS DE SAN LUIS A LA COMISION NACIONAL ELECTORAL DEL PLD

danielconelpueblo | martes, diciembre 15, 2015 | 0 comentarios



Por: Daniel Páez

Este es el texto del documento de impugnación e ilegitimidad que realizaron los pre candidatos a Sindico por San Luis Daniel Páez, Javier corominas, Sofio Geronimo de Los Santos, y
hasta Raul Mañon.



A LA :COMISION NACIONAL ELECTORAL DEL PARTIDO DE LA LIBERACION DOMINICANA (PLD)

VIA :COMISION ELECTORAL CIRCUNSCRIPCION NO.3 DISTRITO MUNICIPAL DE SAN LUIS.

ASUNTO :SOLICITUD DE IMPUGNACION Y NULIDAD DE PROCESO ELECTORAL DEL MUNICIPIO MUNICIPAL DE SAN LUIS, CIRCUNSCRIPCION NO.3.

ABOGADOS :DRES. FABIO DE LOS SANTOS VENTURA, CARLOS MANUEL VICTORINO Y RICARDO ANTONIO MOTA.
HONORABLES MIEMBROS DE LA
COMISION ELECTORAL :

Quienes suscriben, DRES. FABIO DE LOS SANTOS VENTURA, CARLOS MANUEL VICTORINO Y RICARDO ANTONIO MOTA, dominicanos, mayores de edad, Abogados de los Tribunales de la República, portadores de las cédula de identidad y electoral Nos.001-0628122-3, 026-0081877-7 y 001-0505040-5, respectivamente, con estudio profesional en común en la calle San Francisco No.6, sector Miraflores, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, teléfono 829-393-5846; quienes actúan en nombre y representacion de los pre-candidatos a Director a la Junta Municipal de San Luis, señores ING. JAVIER COROMINAS, DR. SOFIO DE LOS SANTOS, DANIEL ALCANTARA PAEZ, LIC. WILSON DE LA CRUZ e ING. RAUL MAÑON GARCIA, dominicanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad y electoral Nos.001-0627590-2, 001-0628517-4, 001-0631014-7, 001-1433094-7 y 001-0630756-4, respectivamente, todos domiciliados y residentes en el Distrito Municipal de San Luis, República Dominicana; por medio de la presente instancia, tenemos a bien presentar formal recurso de impugnación y nulidad de proceso electoral interno del PLD llevado a cabo el día 13 del mes de diciembre del año 2015, en el Distrito Municipal de San Luis, por los motivos expuestos en consideración:

RELACION DE LOS HECHOS:

CONSIDERADO: Que el referido proceso estaba pactado a celebrarse el dia 13 del mes de diciembre del año 2015, comenzando a las 7:00 A.M., horas de la mañana, situación esta que no se produjo en el tiempo previamente establecido por la Comision Nacional Electoral del Partido de la Liberacion Dominicana PLD.

CONSIDERANDO: Que el horario establecido mas arriba fue violentado por situaciones no aclarada, situación esta que genero una atención en todos los colegios electorales, debido de que todos los precandidatos llamaron a sus simpatizante a votar a las 7:00 A.M., horas de la mañana como estaba establecido previamente por la Comision Electoral.

CONSIDERANDO: Que al ser violentado el horario establecido, los compañeros electores estropeado por el tiempo, el calor, el hambre; en espera del inicio del referido proceso, la mayor partes de ellos regresaron de nuevo a su casa, sin haber sufragado sus votos.

CONSIDERADO: Que el referido proceso en la mayoría de los recintos electorales se retrasaron con tres, cuatro y cinco y hasta seis horas de retraso para el inicio, lo que genero la referida atención de los votantes que estaban convocado por los candidatos a sufragar sus votos.

CONSIDERANDO: Que no obstante iniciarse el proceso con el retraso previamente señalado, se produjeron múltiples interrupciones en todos los colegios electorales, situación que creo pánico en los electores, lo que provoco que los mismos se marcharan a sus casas por temor a que fueran agredidos o perder la vida por los amotinamientos constantes que se producían.

CONSIDERANDO: Que en los centros de votaciones se produjeron dilocamientos de los nombres de los electores, en algunos casos de manera intencional y en otros casos de manera premeditada por los funcionarios de dichas mesas electorales, debido a que los delegados de diferentes centros electorales no tenían en su poder el padrón electoral, lo que le impedía verificar si los electores estaban inscritos en el mismo del recinto electoral donde estaba asignado para sufragar.


CONSIDERANDO: Que motivado por la situación referida, los funcionarios de mesas electorales producto de la parcialidad por sus respectivos candidatos, le negaban el derecho al sufragio de los concurrentes.

CONSIDERANDO: Que esta situación genero una gran tensión en que los votantes, y quienes no pudieron votar a favor de su precandidato, por decirle que no se encontraban en el padrón que poseían el presidente de la mesa electoral.
CONSIDERANDO: Que la masa de manera enardecido e inconforme con el proceso, vociferaban fraude y robo de elección al verse impedido de ejercer el legítimo derecho al voto.

CONSIDERADO: Que esto genero un desorden mayúsculo en su mayoría de las mesas electorales, con alteraciones, sustracción de los materiales en los centros electorales asignado para el sufragio.

CONSIDERANDO: Que algunos centros electorales los funcionarios de mesas electorales le impidieron a los delegados la presencia en el recinto electoral en el momento de procedimiento de computo del abortado proceso electoral realizado en el Distrito Municipal de San Luis.

CONSIDERANDO: Que a la hora de concluir el referido proceso no estaban las actas para llenar los votos, ni tampoco los sellos para sellar dichas actas, situación esta que creo gran suspicacia.

CONSIDERANDO: Que la boletas que se utilizaron para el sufragio en vez de llegar en un base herméticamente cerrado, llegaron en cajas con el distintivo de frito ley, abierta, y las urnas abierta y sin ningún tipo de seguridad.

CONSIDERANDO: Que todos estos elementos previamente señalado, genero una enorme atención en los votantes, produciendo la pírrica votación de apenas de un menos cinco por ciento de los inscritos y el Distrito Municipal de San Luís.

RELACION DE DERECHO:

CONSIDERANDO: Que el artículo 127 de la LEY 275-97 de la Ley Electoral de la República Dominicana, la cual establece lo siguiente: “PROCEDIMIENTO DEL ESCRUTINIO. Se abrirá la urna y se sacarán de ella las boletas que hubieren sido depositadas, contándolas, para confrontar su número con el de electores que hubieren votado según los inscritos en el formulario especial de concurrentes. Se pondrán aparte los sobres que contengan boletas protestadas, y se verificará si el número de éstos coincide con el número de declaraciones de protestas que hayan sido presentadas, y con las anotaciones hechas al respecto en el acta del colegio electoral. Los sobres que contengan boletas protestadas serán empaquetados sin abrirlos. Luego, el secretario desdoblará la boleta leyendo en alta voz la denominación de la agrupación o partido a que corresponda la boleta y pasando ésta al presidente, quien la examinará y exhibirá a los demás miembros y delegados presentes”.

CONSIDERANDO: Que conforme al reglamento instructivo para la elección de los candidatos y candidatas a cargos congresuales y municipales para el periodo 2016-2020 establece lo siguiente:
“Art. III, acapite 3.1: “Los materiales electorales que se utilizarán el día de las votaciones son los siguientes: a) Reglamento Electoral b) Instructivo Electoral c) Padrón Electoral Fotográfico de la Mesa Electoral en orden alfabético por el primer apellido d) Padrón Electoral Fotográfico de la Mesa en orden alfabético por el primer apellido para los Delegados Acreditados e) Lista de los miembros del Comité Intermedio registrados en la Mesa de Votación ordenada por Comités de Base f) Las Boletas A para la elección de los precandidatos y precandidatas para el Nivel Congresual, las Boletas B para la elección de los precandidatos y precandidatas para el Nivel Municipal y las Boletas C para la elección de los precandidatos y precandidatas para el Nivel Distrito Municipal g) El Acta de Votación No. 1 para el Nivel Congresual, el Acta de Votación No. 2 para el Nivel Municipal y el Acta de Votación No. 3 para el Nivel Distrito Municipal, con cuatro (4) copias cada una h) La Urna A para depositar las boletas de votación para elegir los Precandidatos y Precandidatas para el Nivel Congresual, la Urna B para depositar las boletas de votación para elegir los Precandidatos y Precandidatas para el Nivel Municipal y la 4 Urna C para depositar las boletas de votación para elegir los Precandidatos y Precandidatas para el Nivel Distrito Municipal i) Láminas adhesivas para plastificar las Actas de Votación j) Sobres de seguridad para introducir las boletas de votación de la elección de los Precandidatos y Precandidatas para el Nivel Congresual, Municipal y Distrito Municipal y los formularios contentivos del número de boletas contenidas en cada sobre. Boletas (Válidas, Nulas y en Blanco). k) Fundas de seguridad para boletas válidas emitidas para el Nivel Congresual, Municipal y Distrito Municipal l) Valijas para transportar los materiales m) Tres (3) Presillas de seguridad para las valijas (azul, naranja y negro) n) Tinta indeleble o) Marcadores para votar por los precandidatos y precandidatas en las boletas p) Planillas para el conteo de los votos de los precandidatos y precandidatas q) Formularios para presentar los Reclamos y las Impugnaciones r) Gafetes de identificación para el personal de la Mesa de Votación s) Almohadilla y frasco de tinta para la almohadilla t) Formulario de control de entrega de materiales electorales y de las presillas de seguridad numeradas u) Presillas para fundas de seguridad para las boletas válidas para el Nivel Congresual, Municipal y Distrito Municipal”.

CONSIDERANDO: Que conforme al reglamento instructivo para la elección de los candidatos y candidatas a cargos congresuales y municipales para el periodo 2016-2020 establece lo siguiente: “art. 2, capite 2.6 En los plazos indicados a continuación, las Comisiones Electorales Municipales, de Circunscripciones Electorales y de Seccionales deberán haber notificado a la Comisión Nacional Electoral lo siguiente: • La relación de los Recintos Electorales con su dirección donde funcionarán cada Mesas de Votación de la demarcación (XX de XXXXXX de 2015). 3 • La composición de la Comisión de Mesa Electoral que tendrá a cargo cada Mesa, indicando los datos generales y forma de contacto con sus integrantes (XX de XXXXXX de 2015); asegurándose que el Presidente del Comité Intermedio, en ningún caso, presida la Mesa de Votación del Comité Intermedio que dirige, tal y como lo indica el Artículo 10 del Reglamento. • Una relación de la composición de las Mesas de Votación, con todos los Presidentes de Comités Intermedios y de Comités de Base de sus respectivas jurisdicciones (XX de XXXXXX de 2015). • Una relación con la asignación de los Supervisores Electorales por bloques de intermedios o recintos, según lo establece el Párrafo II del Artículo I del Reglamento”.

CONSIDERANDO: Que conforme al reglamento instructivo para la elección de los candidatos y candidatas a cargos congresuales y municipales para el periodo 2016-2020 establece lo siguiente: “ARTICULO VIII. SOBRE EL DESARROLLO DEL PROCESO DE VOTACION EN LA MESA: 8.1 Horario de la Votación. El proceso de votación se iniciará a las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y terminará a las cinco de la tarde (5:00 p.m.). 8.2 El ejercicio del derecho al voto se realizará de la siguiente manera: A) Al llegar a su Mesa de Votación, el compañero o compañera se dirigirá a la Comisión Electoral de Mesa y presentará su Cédula de Identidad y Electoral. El Presidente de la Mesa verificará que está registrado en el Padrón de Votación y autorizará el voto. Si el elector no aparece registrado en el Padrón de la Mesa de Votación NO podrá ejercer su derecho al voto en esa mesa. Los Delegados y 8 Delegadas de los Precandidatos y Precandidatas tendrán el derecho a verificar y constatar, partiendo de los Nombres y Apellidos y Número de Cédula de Identidad y Electoral, que cada elector que se presente a ejercer su derecho al voto, se encuentra debidamente registrado en la copia del Padrón Electoral Fotográfico de la Mesa suministrado a los Delegados por la Comisión Nacional Electoral. B) El elector o electora recibirá tres (3) Boletas de Votación, una Boleta A para votar en el Nivel Congresual, una Boleta B para votar en el Nivel Municipal y una Boleta C para votar en el Nivel Distrito Municipal. Todas las Boletas de Votación deberán estar firmadas y selladas por el o la Presidente de la Comisión de la Mesa Electoral y por el Secretario o Secretaria de la misma. C) El ELECTOR o ELECTORA pasará a ejercer su derecho al voto en la caseta o lugar establecido como área de votación, que estará a una distancia prudente del área donde están los miembros de la Comisión de Mesa Electoral, y que en todo caso garantice el carácter secreto del voto. 1. El Elector o Electora tomará la Boleta A para el Nivel Congresual y votará por el precandidato o precandidata de su preferencia a Senador o Senadora y por uno de los precandidatos/as a Diputados o Diputadas, marcando con una equis (x) o una raya (-) o una cruz (+) en el recuadro que aparecerá a la izquierda de la foto del precandidato o precandidata, o, en la misma fotografía. Para todos los casos de precandidatos o precandidatas a Senador o Senadora y a Diputados o Diputadas, el Elector o Electora solo puede MARCAR UNA (1) OPCIÓN para Senador o Senadora y MARCAR UNA (1) OPCIÓN para Diputado o Diputada. 2. El Elector o Electora tomará la Boleta B para el Nivel Municipal y votará por el precandidato o precandidata de su preferencia a Alcalde o Alcaldesa y por uno de los o las precandidatos/as a Regidor o Regidora, marcando con una equis (x) o una raya (-) o una cruz (+) en el recuadro que aparecerá a la izquierda de la foto del precandidato o precandidata, o, en la misma fotografía. Para todos los casos de precandidatos o precandidatas a Alcalde o Alcaldesa y a Regidores o Regidoras, el 9 Elector o Electora solo puede MARCAR UNA (1) OPCIÓN para Alcalde o Alcaldesa y MARCAR UNA (1) OPCIÓN para Regidor o Regidora. 3. El Elector o Electora tomará la Boleta C para el Nivel Distrito Municipal y votará por el precandidato o precandidata de su preferencia a Directores o Directoras y Vocal, marcando con una equis (x) o una raya (-) o una cruz (+) en el recuadro que aparecerá a la izquierda de la foto del precandidato o precandidata, o, en la misma fotografía. Para todos los casos de precandidatos o precandidatas a Director o Directora y a Vocales, el Elector o Electora solo puede MARCAR UNA (1) OPCIÓN para Director o Directora y MARCAR UNA (1) OPCIÓN para Vocal. 4. Tanto en la Boleta A, como en la Boleta B y en la Boleta C, el elector o electora votará por un solo precandidato o precandidata de su preferencia para cada cargo dentro de cada Nivel de Elección, marcando con una equis (x) o una cruz (+) o un cotejo (√) dentro del recuadro o casilla de cada precandidato o precandidata por el que decida votar. La boleta marcada por mas de un precandidato o precandidata a cada cargo, en cualquiera de los niveles de elección (Congresual, Municipal y de Distrito Municipal), será declarada NULA. 5. Después de marcar el precandidato o precandidata de su preferencia en la Boleta A, Boleta B y Boleta C, el o la votante doblará las boletas y las depositará en las urnas respectivas cada una, la Boleta A en la Urna A, la Boleta B en la Urna B y la Boleta C en la Urna C. 6. Después de depositar las tres (3) boletas en sus respectivas urnas, el o la votante regresará a la mesa, y el Presidente de la Mesa de Votación se asegurará que el elector o electora FIRME EL PADRÓN ELECTORAL para comprobar que ejerció el derecho al voto. El Secretario hará el cotejo (√) en el recuadro que dice Votó en el padrón de electores y le colocará tinta indeleble al elector o electora en el dedo índice de la mano izquierda, concluyendo así el ejercicio del voto”.

CONSIDERANDO: Que conforme al reglamento instructivo para la elección de los candidatos y candidatas a cargos congresuales y municipales para el periodo 2016-2020 establece lo siguiente: “ARTICULO IX SOBRE EL ESCRUTINIO O CONTEO DE LOS VOTOS 9.1Terminada la votación, a las cinco (5) de la tarde, la Comisión de Mesa Electoral procederá a realizar el conteo de los votos, sin interrupción y en el mismo local donde se realizó la votación. Para este proceso se dispondrá de un máximo de tres (3) horas a partir del 10 cierre de la votación. El conteo se realizará en presencia de los delegados y delegadas autorizados por la Comisión Electoral Municipal, de Circunscripción o de Seccional y que fueron refrendados por la Comisión Nacional Electoral”.

CONSIDERANDO: Que conforme al reglamento instructivo para la elección de los candidatos y candidatas a cargos congresuales y municipales para el periodo 2016-2020 establece lo siguiente: “ARTICULO VI. SOBRE EL PROCESO DE VOTACIÓN 6.1El Voto es Individual y Secreto. En el área de votación sólo podrán estar presentes los electores o electoras que van a ejercer el derecho al voto. Si se trata de un elector o electora no vidente o discapacitado que requiera del auxilio de otra persona, se podrá autorizar a la persona que libre y voluntariamente escoja el o la votante para que lo asista, sin que en ningún caso una persona pueda auxiliar a más de un votante. 6.2El Área de Votación. Se organizará, de acuerdo a lo que permita la arquitectura o dimensión del lugar donde esté funcionando la Mesa de Votación, de manera que el elector o electora pueda ejercer su derecho al voto sin perjuicio de garantizar el voto secreto, así como la fluidez y orden del proceso de votación. 6.3Personal Autorizado en las Mesas de Votación. Las Comisiones de Mesas Electorales garantizarán que en las Mesas de Votación sólo estén presentes sus integrantes y los Delegados y Delegadas de los precandidatos y precandidatas a Cargos Congresuales y Municipales previamente designados por el precandidato o precandidata y autorizados por la Comisión Nacional Electoral, quienes sólo podrán observar el proceso y hacer cualquier reclamo o impugnación el cual deberá registrarse, sin objeciones, en los formularios destinados a este propósito. 6.4Prohibición de Propaganda. Se prohíbe la colocación de cualquier tipo de propaganda en los Recintos de Votación y Mesas de Votación. Queda prohibido promover en las filas de votantes a cualquier candidato o candidata, así como utilizar gorras o cualquier tipo de distintivos relativos a los mismos. 6.5Instalación de la Mesa de Votación. La Comisión de Mesa Electoral deberá estar en el Recinto de Votación a más tardar a las 7:00 de la mañana del XX de xxxxx del 2015 para asegurar la organización del proceso y la adecuada preparación del lugar y del material electoral. 6.6Verificación Valija y Material Electoral. La Comisión Electoral de Mesa verificará que la valija que contiene el material electoral a utilizarse en el proceso haya llegado cerrada, con la misma presilla de seguridad numerada, con la que fue recibida por el o la Presidente de la Mesa, de mano de la Comisión Electoral Municipal o de Circunscripción o de Seccionales de que se trate. 6.7Derecho a Ejercer el Voto. En cada Mesa de Votación podrán ejercer el derecho al voto todos los compañeros y compañeras registrados en el Padrón de Votación de la Mesa. 7 Los primeros en ejercer su derecho a votar serán los miembros de la Mesa de Votación y los delegados y delegadas que estén presentes al inicio de las votaciones. 6.8El Presidente de la Mesa de Votación podrá ejercer su derecho al voto en la mesa que preside, registrándose en el espacio destinado para esos fines en el Padrón de Votación de la Mesa y firmando dicho padrón como constancia de su ejercicio del voto. Ningún otro integrante del equipo de dirección de la Mesa, ni los delegados y delegadas podrán ejercer su derecho al voto sino se encuentra explícitamente registrado en el padrón de votación de la mesa. 6.9Las y los miembros del Comité Político y del Comité Central, los Precandidatos y Precandidatas a Cargos Congresuales y Municipales, así como los Miembros de la Comisión Nacional Electoral y los de las Comisiones Electorales Municipales, de Circunscripciones, de Seccionales y los Enlaces podrán ejercer el derecho al voto en el momento de llegar al Centro de Votación sin necesidad de hacer fila”.

POR LOS MOTIVOS EXPUESTOS TENEMOS A BIEN SOLICITAR RESPETUOSAMENTE LO SIGUIENTE:
PRIMERO: Declarar como buena y valida el presente Recurso de impugnación de NULIDAD DE PROCESO ELECTORAL DEL MUNICIPIO MUNICIPAL DE SAN LUIS, CIRCUNSCRIPCION NO.3, por haber sido hecha conforme a la ley.

SEGUNDO: Que sea impugnada las elecciones municipales del Distrito Municipal de San Luis CIRCUNSCRIPCION NO.3, de los pre-candidatos a Director a la Junta Municipal de San Luis, señores ING. JAVIER COROMINAS, DR. SOFIO DE LOS SANTOS, DANIEL ALCANTARA PAEZ, LIC. WILSON DE LA CRUZ e ING. RAUL MAÑON GARCIA.

TERCERO: ANULAR EL REFERIDO PROCESO, y se ordene una nueva realización del proceso de elecciones a director de la junta municipal de San Luis.


En el Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, República Dominicana a los catorce (14) días del mes de diciembre del año Dos Mil Quince (2015).

_____________________              _______________________
ING. JAVIER COROMINAS              DR. SOFIO DE LOS SANTOS
     Precandidato                        Precandidato


_______________________               ______________________
DANIEL ALCANTARA PAEZ                 LIC. WILSON DE LA CRUZ
      Precandidato                         Precandidato


_____________________________
ING. RAUL MAÑON GARCIA
Precandidato


______________________________   ____________________________
DR.FABIO DE LOS SANTOS VENTURA   DR. CARLOS MANUEL VICTORINO
            Abogado                         Abogado



____________________________
DR. RICARDO ANTONIO MOTA
Abogado



 Version:1.0 StartHTML:0000000227 EndHTML:0000078536 StartFragment:0000028571 EndFragment:0000078500 SourceURL:file://localhost/Users/danielpaez/Desktop/SOLICITUD%20DE%20IMPUGNACION%20DE%20ELECCIONES%20RICARDO%20MOTA.docx 

Archivado en::

0 comentarios